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lunes, 7 de diciembre de 2009

Los abogados del diablo

En cada partido, un barrista debe lidiar con dos enemigos. Al frente, en la otra tribuna, los encarnizados rivales del equipo contrario provocan con cánticos ensordecedores y pifias humillantes. Una vez afuera –y antes del partido incluso- los barristas están expuestos al control policial que casi siempre hace bien su trabajo: atrapan a un par en cada partido. ¿Quién los ayuda?, ¿Quién los defiende? Esta es una historia detrás del espejo. De aquellos juristas que prefieren patrocinar a un ‘Bolón’, a un ‘Juancho’ o a un ‘Gordo’ sin importarles el qué dirán y de los policías ‘amistosos’ que prefieren hacerse los ciegos a cambio de una generosa contribución.

- Arregla de una vez ‘gordo’, vas a perder- dijo César.

- ¿Cuánto tiempo me queda para que me pasen al otro lado?- preguntó sin demostrar miedo el barrista.

Estaban en la comisaría de Pueblo Libre, rodeados de dos policías que trataban de escuchar su conversación a toda costa. Una hora antes, el ‘gordo’ había caído a manos de 3 efectivos de serenazgo que realizaban su ronda nocturna de rutina: lo habían atrapado realizando tiros al aire en plena calle. El barrista, descubierto en plena falta, no pudo replicar mucho en su defensa: lo encontraron ebrio, mal vestido y sin documentos. Había estado en una celebración callejera con algunos barristas más, festejando en medio de un mar de alcohol la victoria del Alianza Lima.

- ¿Cómo es jefe?- preguntó César al policía que se encontraba al lado.

La situación se tornaba peligrosa ya que el ‘gordo’ había llegado hasta la comisaría. En una redada, lo normal para barristas y policías es que arreglen ahí mismo, antes de que lo levanten hasta la comisaría. El arreglo varía de acuerdo al delito por el que se le ha detenido y va desde 50 soles por robar un celular hasta 1000 soles por delito de lesión leve o tenencia ilegal de armas. Estás tres situaciones son los delitos más frecuentes que se le imputan a los barristas. El homicidio es muy raro, pero a veces ocurre.

- Por el arma, no va a ser barato- contestó el gordo agente policial, frotándose los dedos en la típica señal universal para referirse al dinero.

Resignado, en una celda estrecha y de olor nauseabundo, el ‘gordo’ tuvo que arreglar. Barrista experimentado a sus 31 años, estaba a punto de terminar sus estudios de ingeniería en la universidad Garcilazo. La coima, que ascendió a 1000 soles, lo dejó sin dinero para pagar un ciclo más de universidad.

Malos elementos

“Los que caen en batidas son los chiquillos, aunque no siempre. Sin embargo, es sabido que en el 85% de los casos se soluciona ‘al momento’ con la policía mientras que el otro 15% a veces se complica más y llegan a ser detenidos”, comenta JD, joven abogado de la universidad católica que prefiere mantenerse en el anonimato debido a posibles represalias de barristas enemigos. Él ha tenido y visto de cerca muchos casos en los que estaban involucrados sus amigos de la tribuna.

La detención de un barrista involucrado en alguno de los delitos antes mencionados –robo agravado, tenencia ilegal de arma o lesiones leves- forma parte de un proceso que funciona a modo de cadena: hay pasos que se van dando conforme se ‘arregle’ o no.

Lo primero que se hace una vez detenido el presunto delincuente es llevarlo a la comisaría. Como no se puede detener ninguna persona por más de 24 horas sin encontrar pruebas, lo que hacen muchos malos elementos de la policía es sembrarle droga. Según explica JD, lo hacen para “poder retenerlo más tiempo ya que los únicos delitos que permiten dejar encerrado a alguien son los de terrorismo y tráfico ilícito de drogas”. Así, la policía cuenta hasta con 15 días para realizar su investigación en busca de pruebas, de lo contrario el barrista sale libre.

Luego, si es que existen indicios de culpabilidad, es trasladado a la fiscalía. El fiscal decide si el implicado tiene o no suficientes pruebas en su contra como para pasar al último eslabón de la cadena: ver al juez. Es el juez quien, basándose en las pruebas, determina si se le abre instrucción o se archiva el caso.

Relaciones legales e ilegales

¿Cómo es que algunos abogados arriesgan su prestigio defendiendo causas casi indefendibles? ¿Cómo llegan a patrocinar a un barrista arrestado con muchas pruebas en contra? La situación es más sencilla de lo que parece: el barrista –o la familia- contrata a abogados conocidos, muchas veces amigos del barrio o incluso ex barristas que decidieron cambiar las piedras de los ‘guerreros’ (enfrentamiento entre barras bravas) por los libros.

César Peña, quien también ha apoyado a muchos barristas –entre ellos el ‘gordo’- afirma que lo hace ad honorem ya que en muchas ocasiones los barristas son de condición humilde y sin recursos económicos para solventar su defensa. No obstante, como bien apunta JD, en esos casos son los barrios los que apoyan y hasta realizan colectas a favor del miembro caído, que sirven para pagar al abogado –si es que cobra- o para su comida mientras esté tras las rejas.

A pesar de los actuales esfuerzos del Ministerio del Interior por controlar a las barras bravas, es evidente que la policía no asume su verdadero papel y les tiran la pelota a los clubes, argumentando que deben empadronarlos. Tanto César como JD coinciden en que se debería fiscalizar primero a la policía, ya que según los abogados es en los propios policías donde empieza la cadena de corrupción que desde hace muchos años ha existido entre ellos y las barras.

Mientras los barristas sigan sabiendo de que con un poco de dinero van a poder comprar su libertad, van a continuar con los disturbios de siempre. Una historia poco conocida en las afueras, pero que es lugar común en la idiosincrasia de barristas y policías. Una relación de mutua necesidad: barristas que necesitan carta libre para delinquir y malos elementos policiales que quieren dinero fácil a cambio de hacerse de la vista gorda.

lunes, 16 de noviembre de 2009

Esa marca es… “Tacachando”

“Nos negaron la licencia porque no conocen la realidad de la palabra”

Por: Ronald Cotaquispe


Aldo Díaz Sinarahua tiene tres facetas en su vida, unas más conocidas que otras. Por las tardes, en un edificio de Miraflores, realiza trabajos de producción y edición de audio y video; mientras que los sábados por la noche es locutor en el programa ‘El show de los sueños’, que conduce Gisela Valcárcel.

Y finalmente está su faceta como empresario, que ha recibido un revés por culpa de Indecopi, que se ha negado a aceptar la solicitud de Aldo para patentar la marca de su franquicia de comida rápida: “Tacachando”.

Aldo empezó el proceso en setiembre del 2008, y tras un año de engorrosos trámites y el pago de más de 800 soles, le llegó la notificación con la negativa. Él actualmente ha dejado el tema un poco de lado, y prefiere concentrar sus esfuerzos en sacar adelante su franquicia aún sin la venia de Indecopi.

Aldo es conocido como “El Negro” en el edificio de Miraflores en donde trabaja, y debido a que es oriundo de la selva, es bastante campechano en su forma de hablar y expresarse.

−A ver, compadre, ¿cómo es el tema? Cuéntame−me dice.

−Me enteré que usted trató de registrar una marca en Indecopi, pero que al final le negaron la solicitud. ¿Por qué?−pregunto.

−Mira, te voy a explicar más o menos cómo fue la cosa. Mi madre es de la selva y prepara Juanes y todo. Vinimos a Lima y la forma de vida que tuvimos fue de comerciantes. La idea que se nos ocurrió a la nueva generación fue mejorar el asunto, meterle reingeniería y así consolidar esa tradición. Entonces pensamos: ¿por qué no sacamos una marca? Y sacamos “Tacachando”. Nos presentamos ante Indecopi y absurdamente nos dicen que no pueden registrar esa marca. Hemos apelado y toda una serie de cosas, pero este país es así.

−¿Por qué razón les dijeron que no podían registrar la marca?−pregunto.

−Por un tema de honorabilidad, respeto al pudor y todo lo demás, lo que me parece una estupidez, hermano. “Tacachando” es la acción de moler el plátano para preparar la comida. Pero los huachafos de este país, sólo porque están en un escritorio, creen que pueden negarte la licencia sin ningún tipo de criterio. Nos negaron la licencia porque no conocen la realidad de la palabra. La gente de la selva sabe lo que es tacacho, lo que es tacachar. Son palabras naturales ahí. Pero eso no lo entienden en un país huachafo.

−¿Pero ustedes escogieron ponerle “Tacachando” a su marca porque la palabra significaba moler el plátano o porque podía ser entendida como el acto sexual?

−Mira, nosotros somos publicistas de profesión, y esto no se ha creado de la nada, hemos hecho tests con la gente a la que nos dirigíamos. La gente se mataba de risa con el nombre. Se ha hecho un estudio para el nombre, no es una simple ocurrencia. Hemos estado en dos tiendas en Gamarra. Era una locura, la gente entraba sólo porque les daba risa el nombre y luego se sorprendían porque la comida era buena.

−¿Entonces sí buscaron que “Tacachando” se entendiese con ese doble sentido?

−Para nosotros, que somos de la selva, es natural usar esos términos. Que el resto lo interprete de otra manera es ya un problema de cada quien. Toda la gente que no es de la selva tiene el anhelo de ir para allá alguna vez y levantarse a una hembrita. Tú sabes si eres morboso o no. No ha habido una intencionalidad nuestra de que haya un doble sentido. La gente lo interpreta como quiere interpretarlo, y si eso es un beneficio para que la empresa crezca, bienvenido sea.

El futuro de “Tacachando”
Las decisiones de Indecopi sobre el tema de marcas se emiten de forma escrita, con una resolución que se le hace llegar al solicitante. Pero Aldo se comunicó por teléfono con la persona que rechazó su marca para decirle lo que pensaba: “Es una ridiculez. Cuando usted está con su mujer tras cuatro paredes hace cochinada y media”.

“Tacachando” esa una franquicia de comida rápida que se vende en módulos. Actualmente hay 10 funcionando y están distribuidos en Minka, el Mall Aventura Plaza y el distrito de Lince.

−El país debería aprovechar las ideas de jóvenes como nosotros para desarrollar marcas−comenta Aldo. Tú sabes cómo está la comida peruana hoy en día. Si yo me voy donde Gastón, le toco la puerta de su casa −Aldo golpea su escritorio− y le digo: “Mira, hermano, esto hemos hecho hace siete años”, yo te aseguro que Gastón les diría a los de Indecopi: “Váyanse al carajo, patenten esto, está promocionando la comida peruana”.

Aldo viene preparando un spot publicitario para promocionar Tacachando en la televisión. Así espera que más gente quiera comprar la franquicia y que el número de módulos aumente.

−Voy a seguir con mi marca, me aprueben o no me aprueben−dice Aldo. No es requisito fundamental para desarrollar empresa en este país, patentar una marca en Indecopi. El requisito fundamental es pagar tus impuestos, y yo soy un tipo que paga sus impuestos. Al final yo me voy a reír de ellos. Le voy a mostrar a la gente con saco y corbata de Indecopi que está equivocada.

Más Datos:

• El de la Decisión 486 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena (Régimen Común sobre Propiedad Industrial), que aparece en Ley de Organización y Funciones de Indecopi, señala que no será registrado cualquier signo distintivo o marca que vulnere las buenas costumbres imperantes en la normal convivencia de la sociedad.

• El proceso para patentar una marca en Indecopi empieza con su publicación en el diario oficial El Peruano. Si en un plazo de 30 días nadie advierte que la marca en cuestión se trata de un plagio, la solicitud para la patente pasa a manos la Dirección de Signos Distintivos, que resuelve si la marca es o no apta para ser registrada.

• En caso se le niegue la patente al solicitante, éste puede apelar, y la decisión pasaría a segunda instancia con Comisión de Signos Distintivos. Si tanto la primera como la segunda instancia niegan la solicitud, el caso puede pasar a manos de la Sala de Propiedad Intelectual de Indecopi, que decide de forma inapelable.

• En opinión de Alfredo Maraví Contreras, catedrático con maestría en Derecho de la Propiedad Intelectual, está bien que se use el artículo 135 para impedir que se registren marcas que resulten exageradamente ofensivas, con insultos, pero no expresiones que sólo son poco elegantes.

lunes, 7 de septiembre de 2009

¿Difamación o libertad de opinión?

Por: Claudia Fernández

El siguiente titular apareció en un diario local la semana que pasó: “Sentencian a ciudadano que criticó construcción en playas de Barranco”. La Segunda Sala Penal de Lima, a cargo de una jueza llamada Zoila Pacora Portella, había condenado al presidente de la Asociación de Juntas de Vecinos de Barranco a un año de pena privativa de la libertad suspendida condicionada y al pago de una reparación civil de diez mil soles. El delito: difamación agravada.

El vecino de Barranco Javier Alvarado Layme había sido demandado en el 2006 por la Administradora de Franquicias Perú, propietaria del conocido restaurante Rústica, por las declaraciones que dio al diario Perú.21 en julio de ese mismo año. Se manifestó en contra de la concesión de terrenos en las playas de Barranco y citó el informe de la Comisión de Pueblos Andinoamazónicos, Afroperuanos, Ambiente y Ecología del Congreso de abril del 2006. Este grupo también se pronunciaba en contra de dicha concesión.

“Soy demandante en otras dos acciones de amparo contra dos construcciones en espacios públicos en la Costa Verde. Con esta sentencia se estaría limitando mi accionar”, señaló Alvarado. La pregunta que surge de inmediato: ¿es difamar lo mismo que opinar?

Nuestro sistema jurídico ha encargado a los jueces la función de “decir el derecho”; es decir, basándose en las leyes y en el ordenamiento jurídico, estos deberán pronunciarse sobre un caso específico. Sin embargo, el magistrado debe dejarse guiar de las pruebas e indicios, los mismos que le permitirán formarse un juicio y tomar una decisión en un caso concreto.

Pero en esta oportunidad aparece lo que se conoce como “conflicto de derechos” y, entonces, el juez deberá decidir si se han vulnerado ciertos derechos: en este caso, la libertad de expresión y de opinión, por un lado; y el derecho al honor y a la buena reputación, por el otro.

“La libertad de expresión se refiere al derecho de expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas, opiniones mediante cualquier medio de reproducción. La libertad de opinión es el derecho a tener ideas que pueden ser diferentes e, incluso, contradictorias a las de los demás, y el derecho a comunicarlas, a divulgarlas”, explica la abogada y profesora de la PUCP Roxana Ramírez.

Y aunque en doctrina se discute si las personas jurídicas tienen honor, la legislación peruana ha considerado que la excepción está en los delitos de difamación e injuria: en estos casos el sujeto pasivo (agraviado) puede ser una persona jurídica.

Así, el Código Penal indica, en su artículo 132º, que “el que ante varias personas, reunidas o separadas (…) atribuye a una persona un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años y con treinta a ciento veinte días-multa”. Además, “si el delito se comete por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años y de ciento veinte a trescientos sesenticinco días-multa”: es decir, la difamación sería agravada.

Sin embargo, existen algunas excepciones a la configuración del delito de difamación. Así, no hay responsabilidad penal: a) cuando la información es veraz (exceptio veritatis), para los 4 casos expresamente previstos en el artículo 134º del Código Penal; y b) cuando se trata de un caso de defensa, críticas literarias, artísticas o científicas, u opiniones, según el artículo 133º del C.P.

En el primer caso, la “exceptio veritatis” o “prueba de la verdad” consiste en que el sujeto prueba que lo que ha dicho es cierto. Si se logra esto, al sujeto no se le imputa el delito.

El vecino de Barranco se encontraría en el segundo caso. ¿Habría, entonces, delito de difamación al expresar el señor Alvarado su opinión y al sustentar su desacuerdo y molestia en un informe de una comisión del Congreso?, ¿se ha creado con este fallo un precedente para que en el futuro un vecino, un ciudadano de a pie, se vea privado de expresar su opinión, quejarse o pedir explicaciones por hechos que –cree- son perjudiciales para su distrito?

No hay que olvidar que todas las resoluciones judiciales sientan precedentes; es decir, otro juez puede basar su decisión en los fundamentos que la jueza Zoila Pacora Portella ha usado en el caso del vecino barranquino.